Los trabajos a desarrollar en las empresas beneficiarias deberán realizarse con arreglo a las instrucciones que figuran en el anexo III de esta orden, la metodología y las herramientas desarrollados por el CADI, Centro aragonés de diseño industrial y a lo establecido en esta orden. En el desarrollo de los trabajos se utilizarán los manuales, guías y listas de chequeo publicados por el CADI que figuran en su página web.
Los trabajos a desarrollar dentro del sistema Diseña Más podrán situarse en los siguientes ámbitos o modalidades: a) “Diseña Más producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas. b) “Diseña Más identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas. c) “Diseña Más servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas. 4. Con carácter general los proyectos de gestión de diseño suponen la realización de trabajos de análisis de la empresa en una primera fase (Fase I), y en una segunda (Fase II), cuando la primera ha finalizado, trabajos de desarrollo de un proceso de diseño. Este esquema puede tener sus excepciones según el tipo de empresa o el ámbito especifico en el que se actúa, de conformidad con lo dispuesto en el apartado cuarto. 5. En la presente convocatoria se considera actuación subvencionable: a) La realización de la Fase I, cuando haya separación de fases. b) La realización directa de la Fase II, en los casos en los que siendo posible así se elija. c) La realización de proyectos combinados. En los proyectos que conlleven separación de fases y se realice la Fase I en esta convocatoria, la realización de la Fase II se desarrollará en otro ejercicio presupuestario y con arreglo a su correspondiente convocatoria, debiendo presentar la pertinente solicitud. 6. El período máximo para realizar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) comienza al día siguiente de la publicación de esta orden y se extiende, ambas fechas inclusive, hasta el 15 de noviembre de 2018. Dentro del citado periodo máximo, la resolución de concesión concretará el periodo subvencionable para el desarrollo de cada trabajo.
. 29 May 2018
